Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0468/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-07-29

Carátula: RIOS NORA ELISA Y OTRO C/ BANCO PATAGONIA S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: PREVIO

EXPTE. Nº : 0468/2009.-

CARATULA: RIOS NORA ELISA Y OTRO C/ BANCO PATAGONIA S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Viedma, julio de 2009.-

Por presentado, parte y domiciliado.-

Agréguese la documental acompañada.-

Toda vez que la promoción del beneficio de litigar sin gastos tiene una tramitación independiente a las actuaciones principales, con copia del escrito fórmese dicha pieza, y estése a lo que allí se dispone.-

Asimismo, existiendo diferencia en los nombres del actor Ríos, entre el poder acompañado y el escrito de inicio de demanda, aclárese tal circunstancia.-

Oportunamente se deberá integrar en debida forma las copias para traslado.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA. De haberse agregado por cuerda el Expte. nº 0473/2009, caratulado: "RIOS NORA ELISA Y OTRO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS". Conste.-

Secretaría, julio de 2.009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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