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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20994/06
Fecha: 2009-07-27
Carátula: SUD ARGENTINA DE TIERRAS Y URBANISMO SRL C/ MUNIC.BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACIÓN
Descripción: Sentencia-Of.céd.
///MA, 27 de julio de 2009.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “SUD ARGENTINA DE TIERRAS Y URBANISMO SRL C/ MUNIC.BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACIÓN" (Expte.N°20994/06-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----A fs. 293 la doctora Bárbara M.Figueirido solicita -por la intervención habida en autos- se establezca la imposición de costas respecto de la revocación del Auto Inter. Nº 258 del 19.9.05 y se le regulen sus honorarios profesionales correspondientes a su actuación en esta instancia procesal.- - - -----La apelación deducida en autos intentaba la revisión del Auto Interlocutorio Nº 258 de fs.53/58 dictado en fecha 19.09.05 por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de S.C.de Bariloche. Dicho recurso se resolvió mediante Se. Nº 125 del 17.10.06, obrante de fs.197/219 y hace lugar a la apelación deducida por la demandada, con imposición de costas por su orden en el Pto.1ro., siendo consecuencia de ello lo resuelto en el Pto.2do..- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A fs.255/264 se denegó el recurso extraordinario federal deducido por la actora mediante Sentencia Nº 137 de este Superior Tribunal de Justicia subrogante, con costas a la misma.- -----Ello así, corresponde entonces fijar la retribución de la profesional peticionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada en ambas actuaciones, a la luz de lo dispuesto en el art.14 de la Ley de Aranceles, fijándose en la suma de Pesos CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($4.980) por el recurso de apelación y en la suma de Pesos CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHO ($5.808) por el recurso extraordinario federal. (MB.$ 16.593,32 -honorarios instancia anterior-, coeftes.30% y 35%, respectivamente, art.14 L.A.).- - - - - - - - -----Por ello:
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Regular los honorarios profesionales de la doctora Bárbara M.Figueirido en la suma de Pesos CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($4.980) por el recurso de apelación y en la suma de Pesos CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHO ($5.808) por el recurso extraordinario federal. (MB.$ 16.593,32; coeftes.30% y 35%, respectivamente, art.14 L.A), debiendo estarse a la imposición de costas en las sentencias aludidas en los considerandos. Notifíquese al Rte. de la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos por la ley 869.- - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvanse.- -
Fdo.:ALBERTO I.BALLADINI JUEZ VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ LUIS LUTZ JUEZ
EN ABSTENCIÓN ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIOSUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro