Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 23697IV

N° Receptoría:

Fecha: 2009-07-27

Carátula: ROMERA MARTIN Octavio s/Sucesión S/ Reconstrucción (Ac. Exp. 32458-IX-09)

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 10 de JULIO de 2009.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "ROMERA MARTIN OCTAVIO S/SUCESION S/RECONSTRUCCION" (Expte. Nro. 23.697-III-90).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Octavio Romera Martin ocurrido el 06 de agosto de 1988 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.2.

El causante se encontraba unido en matrimonio con Aurora López López, por acto celebrado el 12 de abril de 1953 en Ferreriola, Pcia. de Granada (España), certificado a fs. 5.-

De dicha unión nacieron:

José Manuel: el 27 de enero de 1954 en Pampaneira (Pcia. de Granda, España), certificado a fs. 3.-

María del Pilar: el 06 de mayo de 1960 en General Roca (RN), certificado a fs. 4.-

A fs. 16 se reconstruye el proceso y a fs. 20 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 25 obra oficio al Registro de Juicios Universales donde consta uno iniciado con anterioridad en la misma Secretaría, hoy reconstruído y a fs. 38 al Registro de Testamentos donde surge que no se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 28/30 y 33/35 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de OCTAVIO ROMERA MARTIN le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos JOSE MANUEL y MARIA DEL PILAR de apellido ROMERA y LOPEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite AURORA LOPEZ LOPEZ sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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