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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0436/2009
Fecha: 2009-07-01
Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ WUCHAL HECTOR MATIAS S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Descripción: INICIA P.V.E. OTRA LOCALIDAD
EXPTE. N° 0436/2009
CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ WUCHAL HECTOR MATIAS S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Viedma, julio de 2009.-
Por presentado, parte y por constuído el domicilio.-
Por iniciadas medidas preparatorias de la vía ejecutiva. Agréguese la documentación acompañada, reservándose el original en Secretaría.-
A los fines del reconocimiento de la firma obrante al pie del contrato de emsión de tarjeta de crédito reservado en Secretaría, cuya copia obra a fs. 15/20 y reconozca la deuda que se reclama, líbrese oficio a la Sra. Juez de Paz de la localidad de San Antonio Oeste, quien deberá proceder fijar audiencia a esos fines, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de tenerle por reconocida la firma al demandado, Sr. HECTOR MATIAS WUCHAL en caso de no comparecer personalmente o no probar justa causa de inasistencia, conforme lo establecido por el art. 526 del C.P.C.C.. Adjúntese al oficio ordenado el correspondiente contrato.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse reservado un contrato de emisión de tarjeta de crédito original bajo registro nº B - 13/09. Conste.-
Secretaría, julio de 2.009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro