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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36989
Fecha: 2005-10-21
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/PROVESUR S.R.L. S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 21 de octubre de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas de dinero que tenga a percibir en cualquier concepto la demandada PROVESUR S.R.L. (retribución, comisión, porcentajes). a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la OFICINA DE CONTRATACIONES y/o PROVEEDORES DE LA PROVINCIA con domicilio en la ciudad de Viedma, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 7.552,30 en concepto de capital con más la suma de $ 2.800 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA S.A. sucuesal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro