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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0762/2008
Fecha: 2009-06-30
Carátula: VIDAL VICTORIA ANGELICA C/ RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION
PODER JUDICIAL
RIO NEGRO
Viedma, junio de 2.009.-
OFICIO Nº _____/09
Al Señor Presidente
de la Cámara de Apelaciones en lo Civil
Dr. Juan Pablo Videla
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "VIDAL VICTORIA ANGELICA C/ RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)" (Expte. n° 0762/2008), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, conforme lo dispuesto en el art. 469 del C.Pr., que la perito Psicóloga Lorena Fabiana Barilá no ha aceptado el cargo para el que fuera designada en las presentes actuaciones.-
Asimismo informo que presentó excusación para la aceptación del cargo. Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-
Dios guarde a Ud.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro