Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39077

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-29

Carátula: ANRIQUE Jorge Alejandro c/MOCCIOLA Duilio Miguel S/ Desalojo (Art. 679 CPC)

Descripción: PROVEIDO.-

//neral Roca, 29 de JUNIO de 2009.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, intímese al Dr. Alejandro Diez en su carácter de letrado patrocinante del demandado para que dentro del plazo de DOS DIAS de notificado regularice su personería, todo ello bajo apercibimiento del lo dispuesto por el art.48 del CPC.-NOTIFIQUESE.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro