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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38351
Fecha: 2009-06-25
Carátula: HSBC BANK ARGENTINA S.A. c/NECULMAN Moises Adrian S/ Ejecutivo
Descripción: regula honorarios
General Roca, 25 de junio de 2009.-s-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 95 vta. y 96 por la suma de $ 6.982,93 al 18.03.2008, al solo efecto de la retribución que corresponda al Dr. Bertolino.-
Regulo los honorarios complementarios del Dr. Fabrizio Bertolino en la suma de $ 20 (M.B. $ 458,01 dejándose constancia que el mismo surge de la diferencia del capital reclamado y el monto resultante de la liquidación).-
Regulo por la actuación del Dr. Fabrizio Bertolino desde fs. 12/79 en la suma de $ 140 (M.B. $ 2.567,28 por parte de la etapa de ejecución de sentencia).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-
De la liquidación practicada de los honorarios regulados a fs. 12, traslado. Not.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro