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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0209/2005
Fecha: 2005-10-20
Carátula: CONSOLI CLAUDIO C/ MINOR MARIA CLAUDIA S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0209/2005
CARATULA: CONSOLI CLAUDIO C/ MINOR MARIA CLAUDIA S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2.005.-
Agréguese el saldo bancario acompañado.-
Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas que por cualquier concepto tenga a percibir la demandada MARIA CLAUDIA MINOR en las proporciones de ley, de FAMUR Y AMVI, hasta cubrir la suma de $ 696,60 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 139 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a los mencionados Organismos, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro