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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0087/2008
Fecha: 2009-06-23
Carátula: OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: PROVINCIA DE RIO NEGRO - Dra. Rodrigo
Domicilio: Alvaro Barros 328 P.B. (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0087/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, junio 17 de 2.009.-Atento lo peticionado y el estado de autos, a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 10 de septiembre de 2.009 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Vanesa Alejandra Flores, Carolina Andrea Patrono y Analía Pamela Filiponi, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 17 de septiembre de 2.009 a las 12:30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-Con relación a la citación del perito interviniente, tiénese presente para su oportunidad si correspondiere, debiendo estarse a la contestación efectuada por el experto que a continuación se provee.-Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de junio de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro