Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0825/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-23

Carátula: ACOSTA VICTOR HUGO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: REG.HONOR. (3 JUS)

EXPTE. Nº 0825/2008

CARATULA: ACOSTA VICTOR HUGO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Viedma, junio de 2.009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Tiénese presente los domicilios denunciados. Notifíquese.-

Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Omar Cirilo Dantagnan en la suma de $ 270 (3 Jus) -art. 9 Ley G 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Rosana Calvetti

Juez

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