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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0825/2008
Fecha: 2009-06-23
Carátula: ACOSTA VICTOR HUGO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: REG.HONOR. (3 JUS)
EXPTE. Nº 0825/2008
CARATULA: ACOSTA VICTOR HUGO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Viedma, junio de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Tiénese presente los domicilios denunciados. Notifíquese.-
Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Omar Cirilo Dantagnan en la suma de $ 270 (3 Jus) -art. 9 Ley G 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro