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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0209/2005
Fecha: 2009-06-22
Carátula: CONSOLI CLAUDIO C/ MINOR MARIA CLAUDIA S/ EJECUTIVO
Descripción: RENUNCIA
EXPTE. Nº 0209/2005
CARATULA: CONSOLI CLAUDIO C/ MINOR MARIA CLAUDIA S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C.Pr., intímase a la parte actora a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-
Hágase saber a los presentantes que deberán continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-
A la regulación de honorarios solicitada, oportunamente.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro