Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38614

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-22

Carátula: CONCELLON Roberto y FALCO Magdalena S/ Sucesión (Ex 1046-XI-07)

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 22 de JUNIO de 2009.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "CONCELLON ROBERTO y FALCO MAGDALENA S/SUCESION" (Expte. Nro. 38.614-III-08).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Roberto Concellón, ocurrido el 20 de agosto de 1990 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.2 y de su madre Magdalena Falco, ocurrido el 19 de julio de 2001 en General Roca (RN), certificado a fs. 3.

La causante Magdalena Falco se encontraba unida en matrimonio con Guillermo Concellón, por acto celebrado el 16 de abril de 1932 en General Roca (Río Negro) quien falleció el 30 de enero de 1973 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 38, habiendo tramitando la sucesión del nombrado por el Juzgado Civil N° 5, Expte. 944-VI-73, (denunciado a fs. 15, párrafo III)-

Son hijos de Magdalena Falcó y Guillermo Concellón:

Roberto: nacido el 28 de enero de 1933 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 19 y fallecido el 20 de agosto de 1990 en General Roca (RN) certificado a fs. 2.-

Miguel Angel: nacido el 29 de septiembre de 1947 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 20.-

Ricardo: nacido el 02 de julio de 1944 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 39 y fallecido el 20 de junio de 2003, según partida de defunción que obra a fs. 1 de los autos "Concellón Ricardo S/Sucesión" (Expte. 38613-III-08) ex 1.088-11-03 (Juz. Familia 11) y que obra por cuerda.-

A fs. 23 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 27/8 y 61/2 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre de los causantes no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposiciones testamentaria alguna.-

A fs. 47/52 y 55/7 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3566 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ROBERTO CONCELLON, le sucede en el carácter de única y universal heredera su madre MAGDALENA FALCO.

Por el fallecimiento de MAGDALENA FALCO le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos MIGUEL ANGEL y RICARDO de apellido CONCELLON y FALCO.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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