Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38713

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-22

Carátula: ANRIQUEZ Jorge c/MOCCIOLA Duilio Miguel S/ Ejecución de Alquileres

Descripción: MULTA

//neral Roca, 22 de JUNIO de 2009.=

Proveyendo el escrito de fs. 77, atento lo peticionado y las constancias de fs. 42 y 64, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación, a CN SAPAG S.A. de $ 50.- por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula directa a Neuquén.

Proveyendo el escrito de fs. 78, téngase presente la ratificación de gestión formulada.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro