Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0792/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-19

Carátula: SANTAGATI MARIA TERESA Y OTRA C/ NUÑEZ LUIS Y OTROS S/ USUCAPION

Descripción: dispone medidas

EXPTE. N° 0792/2008

CARATULA: SANTAGATI MARIA TERESA Y OTRA C/ NUÑEZ LUIS Y OTROS S/ USUCAPION

Viedma, junio de 2009.-

Por constestado el traslado conferido a fs. 1344.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo peticionado a fs. 1338/1343 por la Provincia de Río Negro y la conformidad expresada por la actora a fs. 1344 y en virtud de las facultades previstas por el art. 36 del C.Pr., dispónense las siguientes medidas: 1) La realización de un estudio de campo y gabinete por intermedio del Departamento Provincial de Aguas quien, en su caso y de ser necesario, deberá requerir la colaboración de técnicos de la Dirección General de Catastro e Información Territorial de la Provincia y de la Dirección General de Tierras y Colonias de la Provincia, y expedirse en el plazo de 30 días con relación a los puntos detallados a fs. 1342 vta. los que deberán transcribirse en el oficio a librarse 2) Requerir informe a la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables si el Río Negro es navegable en la zona involucrada en autos y que se describirá en el oficio a librarse.

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro