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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0628/93/5
Fecha: 2009-06-19
Carátula: CONTRERAS DE MIGONE MARGARITA Y MIGONE ZOILO MANUEL S/ SUCESIONES
Descripción: intima a pagar honorarios
EXPTE. N° 0628/93/5
CARATULA: CONTRERAS DE MIGONE MARGARITA Y MIGONE ZOILO MANUEL S/ SUCESIONES
Viedma, junio de 2009.-
Toda vez que la parte ha comparecido por derecho propio y es quien debe constituir nuevo domicilio, a lo peticionado no ha lugar por no corresponder, siendo aplicables las disposiciones del art. 42 del C.Pr..-
Atento lo peticionado y constancias de la causa, intímase a los obligados al pago para que dentro del plazo de 30 días procedan al depósito de los honorarios regulados al Dr. Rubén René Portone a fs. 99 ($ 1.200), con más los intereses correspondientes. Notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro