Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0262/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-18

Carátula: BRATULICH CLARA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO

Descripción: DEVUELTO DE CAMARA CIVIL

EXPTE. Nº: 0262/2005.-

CARATULA: BRATULICH CLARA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO.-

Viedma, junio de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Por devueltos. Resérvese nuevamente en Secretaría la documentación acompañada y agréguese la media carátula formada con el saldo bancario recibido.-

Al escrito de fs. 477:

Atento a lo que surge del saldo bancario obrante a fs. 475, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. haciéndole saber que los Exptes. nros. 0640/2007 y 0694/2007 se han acumulados a las presentes actuaciones, en consecuencia, deberá proceder a unificar las cuentas abiertas en dichas causas, ctas. nº 299001264 y nº 299000266, respectivamente, como pertenecientes a estos obrados cta. nº 122014840.-

Sin perjuicio de ello y encontrándose firme la sentencia dictada a fs. 456/457, hágase saber a la sra. Clara Bratulich que deberá dar cumplimiento con lo dispuesto en el punto III de la misma, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haberse reservado documentación bajo registro nº B - 08/05. Conste.-

Secretaría, junio de 2.009.-

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