Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39227

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-17

Carátula: LA REGINENSE Coop. Vitivinicola Fruticola y Hortic. c/O.S.O.E.F.R.yN. S/ Ordinario

Descripción: se fija anticipo para gastos.-

//neral Roca, 17 de JUNIO de 2009.-

Al punto 1, fíjase la suma de $ 300 en concepto de anticipo para gastos la que deberá ser depositada dentro del término de CINCO DIAS todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOT.-

Al punto 2, suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentre a disposición de la perito calígrafo el anticipo para gastos fijado precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro