Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38921

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-17

Carátula: BICHARA Jose María c/FUN LEMU S.A. y SAINT MARTIN S.A. S/ Sumarísimo

Descripción: MULTA

//neral Roca, 17 de JUNIO de 2009.=

Atento lo peticionado y las constancias de fs. 75, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación a Productor de Seguros Agustín Alonso de $ 50.- por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro