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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 26933IV
Fecha: 2009-06-17
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/LONDERO Horacio S/ Ejecutivo
Descripción: DEVUELTO DE ARCHIVO.-
//neral Roca, 17 de JUNIO de 2009.-
Por recibida las presentes actuaciones de la Delegación de Archivo.-
Proveyendo el escrito de fs.200, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Banco Patagonia SA sucursal General Roca, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 13.400 en concepto de capital de sentencia de trance y remate dictada a fs.93, con más la suma de $ 13.400 calculados para intereses y costas atento el tiempo transcurrido desde el dictado de la sentencia de trance y remate 29 se setiembre de 1994, debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser depositados a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro