Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 26933IV

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-17

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/LONDERO Horacio S/ Ejecutivo

Descripción: DEVUELTO DE ARCHIVO.-

//neral Roca, 17 de JUNIO de 2009.-

Por recibida las presentes actuaciones de la Delegación de Archivo.-

Proveyendo el escrito de fs.200, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Banco Patagonia SA sucursal General Roca, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 13.400 en concepto de capital de sentencia de trance y remate dictada a fs.93, con más la suma de $ 13.400 calculados para intereses y costas atento el tiempo transcurrido desde el dictado de la sentencia de trance y remate 29 se setiembre de 1994, debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-

Los fondos embargados deberán ser depositados a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro