Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33243III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-20

Carátula: CREDIL S.R.L. c/RODRIGUEZ Ernesto Omar S/ Ejecutivo

Descripción: regula honorarios//a cheque

General Roca, 20 de octubre de 2.005.-

Proveyendo a fs. 21 y 215: Agréguese y téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense con la caución ofrecida.-

Líbrese cheque a la orden de Marcela Adriana Saitta, por la suma de $ 253,33, en concepto de a cuenta de liquidación aprobada a fs. 204.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo por acrecidos, los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $110.- (M.B. $ 2.143.25 fs. 53 y extracciones anteriores.- )

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 17 este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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