Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37035

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-20

Carátula: ASCENZO Néstor Raúl C/FERNANDEZ Mario S/ Sumario

Descripción: Acta Preliminar//Vta. a despacho

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los veinte dias del mes de Octubre de 2005, siendo las 8.45 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha,el sr. NESTOR RAUL ASCENZO con el patrocinio del Dr. Roberto Arias, y el sr. NESTOR MARIO FERNANDEZ con el patrocinio del Dr. Miguel Parra Segura. Abierto el acto, y luego de un intercambio de ideas no se puede llegar a ningún acuerdo por lo que se abre el juicio a prueba por el término de treinta días quedando notificados en este acto. La parte actora ratifica la prueba ofrecida al momento de promover la demanda y amplia pericial en construcción con los siguientes puntos: para que el experto designado tomando vista de las actuaciones del expte., se expida sobre el valor de los materiales extraídos por el demandado del inmueble donde se realizó el desmontaje, cuáles de estos materiales fueron utilizados en la construcción del del domicilio real del actor y del local comercial donde funciona la fiambrería y quiosco; si por costumbre del lugar los desmontajes tienen un detallado presupuesto, si los presupuestos de desmontaje realizados por profesionales de la construcción son realizados por la empresa que se encarga de desmontar. La parte demandada ratifica la prueba y respecto de la pericial ofrecida aclara que deberá expedirse el perito sobre los trabajos realizados por el demandado en la vivienda y el local comercial referido en autos. No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro