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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34845
Fecha: 2009-06-16
Carátula: AÑAZCO NIETO Aquiles c/S.A. Importadora y Exp. Patagonia S/ Sumario
Descripción: A cédula
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CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AÑASCO NIETO AQUILES C/SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EX. DE LA PATAGONIA S/SUMARIO” (EXPTE. N* 34.845-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, piso 2, de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: “ //neral Roca, 04 de Mayo de 2009.- Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.- Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.480, no habiendo sido observada la planilla de liquidación practicada a fs. 478, vencido el término para hacerlo corresponde sin más su aprobación por la suma de $ 948,38 al 28/02/2009.- Al punto II,atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. LUIS H. VEUTHEY -por acrecidos- en la suma de $ 2.000.- MB:$ 55.990,46 -extracciones realizadas en autos.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).- Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- Firmado Dra. SUSANA TERESA BURGOS. JUEZ.-"
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
General Roca, 16 de junio de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
3
CEDULA DE NOTIFICACION
SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA
Dres. RODOLFO FORMARO Y PABLO J. GONZALEZ Y FERNANDO DETLEFS
9 DE JULIO 1425 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AÑASCO NIETO AQUILES C/SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EX. DE LA PATAGONIA S/SUMARIO” (EXPTE. N* 34.845-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, piso 2, de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: “ //neral Roca, 04 de Mayo de 2009.- Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.- Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.480, no habiendo sido observada la planilla de liquidación practicada a fs. 478, vencido el término para hacerlo corresponde sin más su aprobación por la suma de $ 948,38 al 28/02/2009.- Al punto II,atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. LUIS H. VEUTHEY -por acrecidos- en la suma de $ 2.000.- MB:$ 55.990,46 -extracciones realizadas en autos.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).- Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- Firmado Dra. SUSANA TERESA BURGOS. JUEZ.-"
"General Roca, 09 de octubre de 2008.- ...Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- Firmado Dra. Susana T. Burgos. Juez"
SE ACOMPAÑA COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE FS. 380 ********************
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
General Roca, 16 de junio de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
3
CEDULA DE NOTIFICACION
SR. AQUILES AÑAZCO NIETO
DR. LUIS VEUTHEY
MAIPU 1263 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AÑASCO NIETO AQUILES C/SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EX. DE LA PATAGONIA S/SUMARIO” (EXPTE. N* 34.845-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, piso 2, de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: “ //neral Roca, 04 de Mayo de 2009.- Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.- Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.480, no habiendo sido observada la planilla de liquidación practicada a fs. 478, vencido el término para hacerlo corresponde sin más su aprobación por la suma de $ 948,38 al 28/02/2009.- Al punto II,atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. LUIS H. VEUTHEY -por acrecidos- en la suma de $ 2.000.- MB:$ 55.990,46 -extracciones realizadas en autos.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).- Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- Firmado Dra. SUSANA TERESA BURGOS. JUEZ.-"
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
General Roca, 16 de junio de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
DR. Raúl Riquelme Oberg
MAIPU 1263 (CONSTITUIDO)
General Roca
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AÑASCO NIETO AQUILES C/SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EX. DE LA PATAGONIA S/SUMARIO” (EXPTE. N* 34.845-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, piso 2, de General Roca, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente dice: "General Roca, 09 de octubre de 2008.- ....RESUELVO: .... Regular los honorarios profesionales de los Dres. Raúl Riquelme Oberg en $1.000, ... (M.B. $ 25.000.- arts. 6, 6 bis, 7 y 38 de la ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- Firmado Dra. SUSANA TERESA BURGOS. Juez.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
General Roca, 16 de JUNIO de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro