Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0580/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-12

Carátula: SUAREZ EUSEBIA VIRGEN S/ SUCESION

Descripción: debe acreditar vínculo

EXPTE. N° 0580/2008

CARATULA: SUAREZ EUSEBIA VIRGEN S/ SUCESION

Viedma, junio de 2009.-

Por devueltos.-

Atento lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones a fs. 44 y previo a disponer la incorporación de las actuaciones allí requeridas, deberá acreditarse el vínculo invocado y requerido a fs. 12, cuarto párrafo. Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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