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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38415
Fecha: 2009-06-12
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. c/CANALES Osvaldo Cesar S/ Ejecutivo
Descripción: A CHEQUE.-
//neral Roca, 12 de JUNIO de 2009.-
Al punto I, atento la nueva normativa vigente, agréguese y anúlese el cheque librado en autos sin percibir.-
Al punto 2, a los mismos fines que el ordenado a fs.67, líbrese nuevo cheque a la orden de la Sra. CLAUDIA I.SESTAN DNI No 18.099.903- CUIT No 27-18099903-3 por la suma de $ 545,49 en concepto de:a cuenta de la planilla de liquidación aprobada a fs.61 (capital) (Cuenta No 220017411).-
Al punto 3, téngase presente la caución juratoria ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-
Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
En la fecha se glosó ay anuló cheque No 27486.-CONSTE.-
El /06/09 se libró nuevo cheque No .CONSTE.-
El /06/09 la Sra.SESTAN retira nuevo cheque. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro