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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0273/2005
Fecha: 2005-10-19
Carátula: DORAZIO CLAUDIO ALBERTO C/ CATRIEL OSCAR EDGARDO S/ COBRO DE PESOS S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Descripción: SENT. DE EJEC. DE HONORARIOS y/o EJEC. SENTENCIA
Viedma, octubre de 2005.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: DORAZIO CLAUDIO ALBERTO C/ CATRIEL OSCAR EDGARDO S/ COBRO DE PESOS S/ EJECUCION DE SENTENCIA, Expte. N° 0273/2005; y,
CONSIDERANDO:
Que el título es ejecutivo (art. 499 del C. Pr.).-
Que habiéndose trabado embargo a fs. 10 y citado de venta al ejecutado a fs. 15, el mismo no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el art. 508 del C. Pr.).-
Que a los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutoria nº 30 folios 37/38, entre otros.-
RESUELVO:
I.- Llevar adelante la ejecución en contra del sr. Oscar Edgardo Catriel, condenándolo a pagar al sr. Claudio Alberto Dorazio la suma de $ 1.557,60 en concepto de capital, con más el interés que resulta de aplicar el promedio de las tasas activa y pasiva mensual del Banco de la Nación Argentina (cfr. S.T.J. in re "CALFIN", 8-10-92) desde el 20-05-2005 y hasta el 30-09-2005, y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago.-
II.- Imponer las costas del presente juicio al ejecutado (art. 68 del C. Pr.).-
III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. José Alberto Apahl, por las tareas de ejecución, en la suma de $ 50. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro