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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0352/2009
Fecha: 2009-06-10
Carátula: OTERO MARIA CRISTINA C/ CLINICA VIEDMA S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: previo
EXPTE N° 0352/2009
CARATULA: OTERO MARIA CRISTINA C/ CLINICA VIEDMA S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, junio de 2009.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-
Previo a todo, hágase saber que deberá cumplirse con la mediación dispuesta en la Ley 3847.-
Hágase saber a la actora que deberá denunciar su domicilio real conforme lo dispuesto en el art. 40 y bajo el apercibimiento previsto en el art. 41, ambos del C.Pr.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro