include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0287/2008
Fecha: 2009-06-09
Carátula: MULLALLY MIGUEL C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: EMBARGO EN OTRO JUICIO DE ESTE JUZG. (PROVIDENCIA)
EXPTE. Nº : 0287/2008
CARATULA: MULLALLY MIGUEL C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, junio de 2009.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado tenga o tuviere a percibir en los autos caratulados: Bratulich Clara María c/ Rébora Tomás Armando s/ Ejecucivo (Expte nº 262/2005) que tramita por ante este Juzgado, hasta cubrir la suma de $ 96.529 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 21.500 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, haciéndose saber que las sumas embargadas deberán ser transferidas a la cuenta de autos, a la orden del suscripto y como perteneciente a estos obrados. Ofíciese.-
En consecuencia y en los términos del art. 198 del C.Pr. notifíquese la medida cautelar decretada.-
A lo demás, previo acredítese la inexistencia de saldo bancario.-
e.z
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro