Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39503

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-09

Carátula: MORALES Vilma Noemi S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Inicio

//neral Roca, 09 de junio de 2009.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Cítese a los futuros demandados VIA BARILOCHE S.R.L., Santiago Daniel BENITEZ BARREIRO y PROTECCION MUTUAL SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJERO y a la Dirección General de Rentas, a fin de que comparezcan a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrense cédulas directas ley 22.172 a la ciudad Autonóma de Buenos Aires y a Gran Bur (Pcia. de Buenos Aires).-

Fecho, para la declaración de los testigos propuestos PATRICIA INES CAYUL, MARIA CHILIA PICHIMIL y CELESTE SALAZAR, fíjase la audiencia del día 04 de AGOSTO de 2009 a las 8.30 horas a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 11 de AGOSTO de 2009 a las 9 horas que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrense cédulas a General Roca.-

Líbrense oficios al RPI, R.P.A a fin de de que informen si la actora posee bienes inscriptos a su nombre.-

Atento lo ordenado precedentemente, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro