Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00338-038-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-08

Carátula: COMUNIDAD MAPUCHE "LAS HUAYTEKAS" / MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON S/ AMPARO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00338-038-09

Tomo: 4

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 5 DE JUNIO DE 2009.

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “COMUNIDAD MAPUCHE “LAS HUAYTEKAS” C/MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON S/AMPARO”, expte. nro. 00338-038-09 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;y el pedido de ampliación de objeto presentado a fs.48., con habilitación de días y horas.

- - -Y CONSIDERANDO: Que no se invocan en la presentación en examen, razones idóneas para conmover lo resuelto por esta Cámara a fs. 45/47, sin perjuicio de tomar razón de la ampliación del objeto procesal.

Que, a todo evento, la propia actora hubo adjuntado copia de la Ordenanza n° 032/09 que -derogando la Ordenanza 013/09- suspende el llamado a plebiscito del día 7 de junio de 2009 (fs. 23); la cual, sin perjuicio de la invocada ausencia de “virtualidad legal” de la misma (fs. 38 vta.), atento a que la promulgación automática se produciría luego de aquella fecha, constituye un antecedente a tener en cuenta al momento de resolver en definitiva.

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) TENER presente la ampliación del objeto del presente amparo.

- - -II) ESTAR a lo resuelto a fs. 45/47.

- - -III) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización.

EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO

Juez de Cámara Juez de Cámara

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