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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0690/2008
Fecha: 2009-06-04
Carátula: POBLET MARINA S/ SUCESION
Descripción: NULIDAD DE NOTIFICACION
EXPTE. Nº : 0690/2008.-
CARATULA: POBLET MARINA S/ SUCESION.-
Viedma, junio de 2009.-
Advirtiendo, que a la cédula de notificación obrante a fs. 284 no ha sido adjuntada la copia de fs. 282 y toda vez que el traslado dispuesto a fs. 283 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 135 del C.Pr., ello a los fines que los citados puedan ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que a fs. 240 los herederos Carlos Aníbal Poblet y Susana Beatriz Poblet han constituído nuevo domicilio.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro