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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0571/86/5
Fecha: 2009-06-04
Carátula: BALZI MARIA ANGELICA C/ SUCESORES DE LARREGUY JUAN BAUTISTA S/ SUMARIO
Descripción: debe efectuar intimación a cada uno de los demandados
EXPTE. N° 0571/86/5
CARATULA: BALZI MARIA ANGELICA C/ SUCESORES DE LARREGUY JUAN BAUTISTA S/ SUMARIO
Viedma, junio de 2009.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta los términos de la sentencia dictada en autos y toda vez que la intimación dispuesta a fs. 278 debe ser realizada a cada uno de los demandados y no surgiendo de la diligencia de fs. 283 que los sres. Daniel Osvaldo Larreguy y Celeste Edit Larreguy se domicilien allí, previo a lo peticionado cumplir con dicha notificación en forma individual a los nombrados.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro