Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23526/09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-04

Carátula: SUAREZ, MARCELO CARLOS S/ AMPARO S/ APELACIÓN

Descripción: Sentencia.céd.

///MA, 03 de junio de 2009.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “SUAREZ, MARCELO CARLOS S/ AMPARO S/ APELACIÓN" (Expte.N°23526/09-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Que a fs. 128 el doctor Roberto STELLA -en su calidad de abogado apoderado de la Fiscalía de Estado de la Provincia y por sus propios derechos- solicita se les regulen sus honorarios profesionales correspondientes a su actuación profesional, en la presente instancia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Que la apelación deducida en autos popició la revisión de la sentencia de fs.51/53 dictada por el señor Juez doctor Jorge Serra a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial de S.C.de Bariloche y revocada mediante sentencia Nº 19 del 23.03.09 obrante de fs.104/123, por este superior Tribunal, con costas al amparista.-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------Ello así, corresponde entonces fijar la retribución del profesional peticionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo dispuesto en el art.14 de la Ley de Aranceles, tomando como monto base la suma equivalente a 20 jus (art.36 L.A.).- - - - - - - - - - - - -----Por ello:

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales del doctor Roberto STELLA en la suma de Pesos SEISCIENTOS TREINTA ($630). (M.B.$ 1800, coeftes.35%, arts. 14,36 y cc.,L.A.).- - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvanse.- -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO I.BALLADINI JUEZ LUTZ JUEZ EN ABSTENCION ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: TOMO II SENT. NRO. 45 FOLIO 414 SEC. NRO. 4

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