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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36482
Fecha: 2005-10-19
Carátula: COOP. DE TRABAJO Y PRODUCC, DE SERVICIOS... C/ALCAZAR Norma V. y Otro S/ Sumario
Descripción: a cedula
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
JORGE AMADO OCHONGA
RIO NEGRO 2203 (real)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “COOP. DE TRABAJO Y PRODUCCION DE SERVICIOS DE EDUCACION MI PEQUEÑO MUNDO LTDA C/ALCAZAR NORMA Y OTRO” (EXPTE. N* 36.482-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría unica a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la Sentencia que en su parte pertinente dice: “General Roca, 17 de octubre de 2.005... FALLO: Haciendo lugar a la demanda interpuesta por la Cooperativa de Trabajo y Producción de Servicios de Educación Mi Pequeño Mundo Ltda. contra los Sres. Norma Verónica Alcazar y Jorge Amado Ochonga y en su consecuencia condenando a estos últimos a abonar en el término de DIEZ días de notificados la suma de $ 550.- con más los intereses determinados en los considerandos.-Costas a los demandados.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Ariel Planchart en $ 250.- (M.B. $ 550.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.
Se acompaña copia de fs. 102/103
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 19 de octubre de 2.005-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
NORMA VERONICA ALCAZAR
RIO NEGRO 2203 (REAL)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “COOP. DE TRABAJO Y PRODUCCION DE SERVICIOS DE EDUCACION MI PEQUEÑO MUNDO LTDA C/ALCAZAR NORMA Y OTRO” (EXPTE. N* 36.482-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría unica a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la Sentencia que en su parte pertinente dice: “General Roca, 17 de octubre de 2.005... FALLO: Haciendo lugar a la demanda interpuesta por la Cooperativa de Trabajo y Producción de Servicios de Educación Mi Pequeño Mundo Ltda. contra los Sres. Norma Verónica Alcazar y Jorge Amado Ochonga y en su consecuencia condenando a estos últimos a abonar en el término de DIEZ días de notificados la suma de $ 550.- con más los intereses determinados en los considerandos.-Costas a los demandados.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Ariel Planchart en $ 250.- (M.B. $ 550.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.
Se acompaña copia de fs. 102/103
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 19 de octubre de 2.005-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
Cooperativa de Trabajo y Producc. de Servicios de Educación Mi Pequeño Mundo Ltda.
DR. GUSTAVO ARIEL PLANCHART
DON BOSCO 1294
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “COOP. DE TRABAJO Y PRODUCCION DE SERVICIOS DE EDUCACION MI PEQUEÑO MUNDO LTDA C/ALCAZAR NORMA Y OTRO” (EXPTE. N* 36.482-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría unica a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la Sentencia que en su parte pertinente dice: “General Roca, 17 de octubre de 2.005... FALLO: Haciendo lugar a la demanda interpuesta por la Cooperativa de Trabajo y Producción de Servicios de Educación Mi Pequeño Mundo Ltda. contra los Sres. Norma Verónica Alcazar y Jorge Amado Ochonga y en su consecuencia condenando a estos últimos a abonar en el término de DIEZ días de notificados la suma de $ 550.- con más los intereses determinados en los considerandos.-Costas a los demandados.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Ariel Planchart en $ 250.- (M.B. $ 550.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.
Se acompaña copia de fs. 102/103
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 19 de octubre de 2.005-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “COOP. DE TRABAJO Y PRODUCCION DE SERVICIOS DE EDUCACION MI PEQUEÑO MUNDO LTDA C/ALCAZAR NORMA Y OTRO” (EXPTE. N* 36.482-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría unica a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la Sentencia que en su parte pertinente dice: “General Roca, 17 de octubre de 2.005... FALLO: Haciendo lugar a la demanda interpuesta por la Cooperativa de Trabajo y Producción de Servicios de Educación Mi Pequeño Mundo Ltda. contra los Sres. Norma Verónica Alcazar y Jorge Amado Ochonga y en su consecuencia condenando a estos últimos a abonar en el término de DIEZ días de notificados la suma de $ 550.- con más los intereses determinados en los considerandos.-Costas a los demandados.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Ariel Planchart en $ 250.- (M.B. $ 550.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 19 de octubre de 2.005-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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