Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39122

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-04

Carátula: LANCIOTTI Hugo c/CASA ROSETANI S.R.L. y Otra S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena oficio.-

//neral Roca, 04 de JUNIO de 2009.-

Al punto 1, téngase presente el bien denuniciado y trábese embargo sobre los montos que tenga a percibir la demandada CASA ROSETANI S.R.L. en los autos caratulados: CASA ROSETANI S.R.L. C/ ROSATTO OSCAR ANTONIO S/EJECUTIVO Expte.No 125-07 en trámite ante el Juzgado Civil No UNO-Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese el correspondiente oficio, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 25.272 en concepto de capital (fs.6) con más la suma de $ 10.000 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a las demandadas el embargo precedetemente ordenado.-

Al punto 2, agréguese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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