include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0644/2005
Fecha: 2009-06-03
Carátula: RUIZ CANO MANUEL C/ ASCENCIO DOMINGO FAUSTINO S/ USUCAPION
Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.
EXPTE. Nº 0644/2005
AUTOS: RUIZ CANO MANUEL C/ ASCENCIO DOMINGO FAUSTINO S/ USUCAPION
Viedma, junio de 2.009.-
Atento el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 127, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (Manuel Ruiz Cano)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 1 de Viedma, a los fines que remita los autos caratulados: "RUIZ MANUEL C/ ASCENCIO DOMINGO S/ ESCRITURACIÓN" (Expte. nº 435/81/2).-
CONFESIONAL: Atento la característica de la prueba y teniendo en cuenta que el demandado se encuentra ausente en autos, a la misma no ha lugar por no corresponder.-
INFORMATIVA: Líbrense oficios: 1) a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro, 2) a la Municipalidad de la Ciudad de Viedma y 3) a Aguas Rionegrinas S.A., para que informen el domicilio de remisión de las boletas respecto de las tasas y servicios que gravan el inmueble objeto de la litis. 4) a la Policía de la Provincia de Río Negro y 5) a la Secretaría Electoral Nacional, para que informen el domicilio del sr. Manuel Ruiz Cano.-
INSPECCION OCULAR: Tiénese presente para su oportunidad, si correspondiere.-
PRUEBA DEMANDADA (Domingo Faustino Ascencio):
INSPECCION OCULAR: Estése a lo dispuesto en la prueba de la actora.-
A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 20 de agosto de 2.009 a las 10:30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los sres. Carlos Avelino Guineo, Marcos Antonio Contreras, Ricardo Curihuala y Francisco Sccoda, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 27 de agosto de 2.009 a las 11:30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-
Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro