Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0056/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-03

Carátula: CABRERA NORA SILVIA C/ PAILLAO SILVIA S/ DESALOJO

Descripción: se hace saber petición demandada - previo desahucio ley 869

EXPTE. Nº 0056/2008

CARATULA: CABRERA NORA SILVIA C/ PAILLAO SILVIA S/ DESALOJO

Viedma, junio de 2.009.-

Proveyendo a fs. 72/75

Sin perjuicio de señalar que la petición en despacho excede el marco de la presente acción y amén de señalar que la sentencia definitiva dictada en la causa se encuentra firme a la fecha, hágase saber a la parte actora lo manifestado por la demandada.-

Al escrito de fs. 76:

Previo a lo solicitado deberá cumplirse con la ley 869.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro