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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37861
Fecha: 2009-06-03
Carátula: COLA Juan Carlos c/ANGELONI Jorge Ernesto S/ Rendicion de Cuentas
Descripción: regulacion
General Roca, 3 de junio de 2009.-s
Atento la homologación ordenada en autos "Angeloni c/ Cola s/ División de Condominio " (Expte. N° 38.258-III-08), corresponde regular honorarios en estos autos.-
Regulo por sus actuaciones en autos, los honorarios del Dr. Sergio Mario Barotto en la suma de $ 23.100.-, los del Dr. Néstor Raúl Schlapffer en la suma de $23.100.-(M.B $ 150.000).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 y 9ley 2212 R.N.).- Asimismo se toma en cuenta que ambos procesos fueron resueltos por las partes en base a una misma suma de dinero y si bien se actuó en el acuerdo como patrocinantes, actuaron anteriormente como apoderados.- .-
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro