include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38258
Fecha: 2009-06-03
Carátula: ANGELONI Jorge Ernesto c/COLA Juan Carlos S/ División Condominio
Descripción: homologacion
General Roca, 03 de junio de 2009.-s
Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 67/8.-
Regulo por sus actuaciones en autos, los honorarios del Dr. Sergio Mario Barotto en la suma de $ 23.100.-, los del Dr. Néstor Raúl Schlapffer en la suma de $23.100.-(M.B $ 150.000).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios corresponde a estos autos y al expte. 37861-III-07 y que se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 y 9 ley 2212 R.N.).- Asimismo se toma en cuenta que ambos procesos fueron resueltos por las partes en base a una misma suma de dinero y si bien se actuó en el acuerdo como patrocinantes, actuaron anteriormente como apoderados.-
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
<*****>
Poder Judicial de Río Negro