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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38143
Fecha: 2009-06-01
Carátula: LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario
Descripción: Certifica prueba/acuse neglig/Deposita DVD
//neral Roca, 01 de junio de 2009.-
Atento haber consentido las partes el auto de fs. 202, déjese sin efecto la designación de fs. 175. Notifíquese al perito José Maria Ruiz Diaz.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario" (Exp. Nro. 38143), el término probatorio se encuentra vencido habiéndose producido de la prueba de la ACTORA, DOCUMENTAL (fs. 2/29), INFORMATIVA a Comisaría Sexta de Allen (fs. 159/60), Chaperman (fs. 103), Taller Mecánico "El Pato" (fs. 102), Tucumán Respuestos (fs. 100); CONFESIONAL de Claudio Gullelo (fs. 168); TESTIMONIAL de José Osvaldo León (fs. 168) y de Juan José Haro (fs. 168) y PERICIAL MECÁNICA y ACCIDENTOLOGICA (fs. 182/201). De la prueba de CLAUDIO GULLELO la DOCUMENTAL (fs. 39), y PERICIAL ACCIDENTOLOGICA y MECÁNICA (fs. 182/201). De la prueba de la Citada en garantía ESCUDO SEGUROS S.A. la PERICIAL ACCIDENTOLOGICA y MECÁNICA (fs. 182/201). Resta producir de la prueba del demandado y citada en garantía, la testimonial de Hugo Jauregui.-
Secretaría, 01 de junio de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 01 de junio de 2009.-
De la certificación que antecede vista a las partes.-
Del acuse de negligencia, traslado.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
Autos: "LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario" (Expte. Nro. 38143)- Juzgado Civil III
Nota: En la fecha se depositan en caja fuerte (2) DVD's idénticos con la grabación de la audiencia de prueba (Archivo TV081203_0855_001.avi). Conste.-
Secretaría, 01 de junio de 2009.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro