Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38143

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-01

Carátula: LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario

Descripción: Certifica prueba/acuse neglig/Deposita DVD

//neral Roca, 01 de junio de 2009.-

Atento haber consentido las partes el auto de fs. 202, déjese sin efecto la designación de fs. 175. Notifíquese al perito José Maria Ruiz Diaz.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario" (Exp. Nro. 38143), el término probatorio se encuentra vencido habiéndose producido de la prueba de la ACTORA, DOCUMENTAL (fs. 2/29), INFORMATIVA a Comisaría Sexta de Allen (fs. 159/60), Chaperman (fs. 103), Taller Mecánico "El Pato" (fs. 102), Tucumán Respuestos (fs. 100); CONFESIONAL de Claudio Gullelo (fs. 168); TESTIMONIAL de José Osvaldo León (fs. 168) y de Juan José Haro (fs. 168) y PERICIAL MECÁNICA y ACCIDENTOLOGICA (fs. 182/201). De la prueba de CLAUDIO GULLELO la DOCUMENTAL (fs. 39), y PERICIAL ACCIDENTOLOGICA y MECÁNICA (fs. 182/201). De la prueba de la Citada en garantía ESCUDO SEGUROS S.A. la PERICIAL ACCIDENTOLOGICA y MECÁNICA (fs. 182/201). Resta producir de la prueba del demandado y citada en garantía, la testimonial de Hugo Jauregui.-

Secretaría, 01 de junio de 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 01 de junio de 2009.-

De la certificación que antecede vista a las partes.-

Del acuse de negligencia, traslado.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

Autos: "LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario" (Expte. Nro. 38143)- Juzgado Civil III

Nota: En la fecha se depositan en caja fuerte (2) DVD's idénticos con la grabación de la audiencia de prueba (Archivo TV081203_0855_001.avi). Conste.-

Secretaría, 01 de junio de 2009.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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