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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 26607III
Fecha: 2009-06-01
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/ BOLONCI Julio S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena reinscripción de embargo.-
//neral Roca, 01 de JUNIO de 2009.-
En atención a lo peticionado y estado de autos, procédase a la reinscripción del embargo trabado sobre el automotor Dominio WPT-071 a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro