Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 26607III

N° Receptoría:

Fecha: 2009-06-01

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/ BOLONCI Julio S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena reinscripción de embargo.-

//neral Roca, 01 de JUNIO de 2009.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, procédase a la reinscripción del embargo trabado sobre el automotor Dominio WPT-071 a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro