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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1806/00/6
Fecha: 2005-10-18
Carátula: LUNA MARIA ELENA C/ PATINO HOMERO S/ EJECUTIVO
Descripción: TOMA RAZON DE EMBARGO DECRETADO POR OTRO JUZGADO
EXPTE. Nº : 1806/00/6
CARATULA: LUNA MARIA ELENA C/ PATINO HOMERO S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2005.-
Por recibido oficio. Atento lo solicitado, tómese razón del embargo decretado sobre los fondos remanentes de la subasta realizada en autos hasta cubrir la suma de $ 871,95 -monto reclamado- con más la suma de $ 165 -presupuestado-. Comuníquese de la anotación de la medida al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 1 de Viedma librándose el correspondiente oficio. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-
En los términos del art. 198 del C. Pr. notifíquese la medida cautelar trabada.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro