Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0348/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-18

Carátula: LOVERA LAURA VERONICA C/ PEREZ PEDRO S/ CONSIGNACION

Descripción: ABRE A PRUEBA

EXPTE. Nº 0348/2004

AUTOS: LOVERA LAURA VERONICA C/ PEREZ PEDRO S/ CONSIGNACION

Viedma, octubre de 2.005.-

Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 489 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 48, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (Lovera)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

DOCUMENTAL: Toda vez que la prueba ofrecida a fs. 48 es a los fines de requerir la remisión de documental en poder de la demandada y teniendo en cuenta que la misma debe ser ofrecida en la etapa procesal oportuna (art. 333 del C. Pr.), a la misma no ha lugar.-

INFORMATIVA: Al Correo Argentino a efectos que informe la persona que recepcionó las cartas documentos n° 014756214 y n° 014756245 y la fecha de recepción. Ofíciese.-

TESTIMONIAL: A fin de que la sra. Paula Carina Kucich comparezca a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 2 de noviembre de 2.005 a las 8,30 horas, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 09/11/05 a la misma hora. La testigo deberá comparecer debidamente documentada. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-

PRUEBA DEMANDADA (Perez):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

CONFESIONAL: A fin de que la sra. Laura Verónica Lovera comparezca a absolver posiciones, señálase audiencia para el día 3 de noviembre de 2.005 a las 9,00 horas, bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 417 del C. Pr.. Notifíquese.-

TESTIMONIAL: A fin de que la sra. Mirna Beatriz Mora comparezca a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 2 de noviembre de 2.005 a las 9,00 horas, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 09/11/05 a la misma hora. La testigo deberá comparecer debidamente documentada. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-

Fórmense los respectivos cuadernos de prueba.-

Alejandro J.E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse dado cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Conste.-

SECRETARIA, octubre de 2.005.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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