Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00332-038-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-28

Carátula: CHUCAIR ROBERTO ARGENTINO / S/ AMPARO

Descripción: Por recibido. ..Líbrese oficio

Expediente Nro.00332-038-09

San Carlos de Bariloche, 27 de mayo de 2009

Por recibido. Agréguese. Por iniciada acción de prevención, prevista por el art. 3 de la ley 2779.

Requiérase al sr. Jorge O. Calamara y a la Dirección de Minería de la Provincia de Río Negro, informes dentro del término de cinco días, respecto a los hechos referenciados en las actas presentadas, debiendo adjuntar la documentación accesoria relacionada al tema en debate. Líbrese oficio, por secretaría con copia de dichas actas.

Practíquese la publicidad dispuesta en el art. 15 de la citada ley, a través del Canal 6 de televisión, a su cargo. Notifíquese por secretaría al amparista.

A lo demás, oportunamente.

LUIS MARIA ESCARDO

Presidente de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro