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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00332-038-09
Fecha: 2009-05-28
Carátula: CHUCAIR ROBERTO ARGENTINO / S/ AMPARO
Descripción: Por recibido. ..Líbrese oficio
Expediente Nro.00332-038-09
San Carlos de Bariloche, 27 de mayo de 2009
Por recibido. Agréguese. Por iniciada acción de prevención, prevista por el art. 3 de la ley 2779.
Requiérase al sr. Jorge O. Calamara y a la Dirección de Minería de la Provincia de Río Negro, informes dentro del término de cinco días, respecto a los hechos referenciados en las actas presentadas, debiendo adjuntar la documentación accesoria relacionada al tema en debate. Líbrese oficio, por secretaría con copia de dichas actas.
Practíquese la publicidad dispuesta en el art. 15 de la citada ley, a través del Canal 6 de televisión, a su cargo. Notifíquese por secretaría al amparista.
A lo demás, oportunamente.
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro