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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0306/2009
Fecha: 2009-05-27
Carátula: REYES FACUNDO SAMUEL DAVID C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: previo traer nuevo escrito de demanda
EXPTE N° 0306/2009
CARATULA: REYES FACUNDO SAMUEL DAVID C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, mayo de 2009.-
Por presentado, parte a tenor del poder que se otorga conforme el acta obrante a fs. 4 y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-
Teniendo en cuenta lo manifestado en el punto X del escrito de demanda con relación al beneficio de litigar sin gastos y en atención a lo que surge de la certificación de fs. 3, hágase saber que en su oportunidad deberá presentarse copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-
Toda vez que el escrito de demanda debe ser presentado en debida forma, teniendo en cuenta que al ser agregado a autos sea posible su correcta lectura, conforme lo dispuesto por el art. 118 del CPr., cúmplase con ello y se proveerá.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro