Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15098-114-08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-27

Carátula: NAVARRO DANIEL / PAINTBALL Y OTRO S/ MEDIDA CAUTELAR AUTOSATISFACTIVA

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15098-114-08

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 26 DE MAYO DE 2009.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “NAVARRO DANIEL c/

PAINTBALL Y OTRO s/ MEDIDA CAUTELAR AUTOSATISFACTIVA”,

expte. nro. 15098-114-2008 (reg.cám), luego de haberse

impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.

Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y

discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual

certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

1.- Que de la medida para mejor proveer dispuesta

por el Tribunal a fs. 142, -relevamiento del inmueble en

cuestión- llevada a cabo según da cuenta el acta de fs.

145/146, surge que se ha cumplido con la medida cautelar

oportunamente decretada por el sr. Juez a quo, a fs.

56/65, concretamente la efectivización del nuevo

emplazamiento de los juegos y el cerramiento realizado

por la accionada.-

Que habiendo manifestado el sr. Navarro que con

estas modificaciones de las instalaciones, ya no le

molesta la actividad en sí, este Tribunal considera que

la cuestión ha devenido abstracta.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Declarar abstracta la cuestión venida a

juzgamiento, imponiendo las costas de segunda instancia

en el orden causado.-

2do.) Registrar y protocolizar lo aquí

decidido, disponiendo que vuelvan los presentes autos a

la instancia originaria para notificaciones y demás

efectos.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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