include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 20153III
Fecha: 2009-05-26
Carátula: FATO Martin S/Sucesion S/ Reconstrucción
Descripción: Ordena reconstruccion//Vta. a desp.
Sra. Juez:
INFORMO que, habiéndose realizado una prolija búsqueda en este Juzgado Civil 3 del expte. del rubro "FATO Martin S/Sucesion" (Expte. 20153-III-86), el mismo no ha sido hallado. Asimismo, informo que según las tarjetas de retiros el mismo se encuentra retirado por el Estudio La Pusata desde el 04.09.00.-
Secretaria, 26 de mayo de 2009.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 26 de mayo de 2009.-
Atento el informe que antecede, lo solicitado por los interesados, y lo dispuesto por el art. 129 del CPC, procédase a su reconstrucción. Al efecto, téngase a los ocurrentes por presentado, parte y con domicilio.-
A los fines del art. 129 del CPC, inc. 3, certifique la actuaria sobre la existencia de la documentación de la causa en el Tribunal y procédase a agregar cronológicamente copia de la misma y de las resoluciones y actuaciones que obren en Secretaría.-
Sin perjuicio de ello y atento la documental acompañada por los herederos, desígnase administrador de la sucesión a VICTOR FATO, DNI 11.527.252, quien deberán aceptar el cargo en legal forma por ante la Actuaria. Fecho, expídase testimonio.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro