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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23779/09
Fecha: 2009-05-21
Carátula: AGUILAR, LORENA ANDREA S/ AMPARO S/ APELACIÓN
Descripción: remision al Juzgado de origen
Expte.N° 23779/09-STJ-
SEÑOR PRESIDENTE:
Paso a despacho las presentes actuaciones, informando a Ud. que el señor Juez a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia y Sucesiones nro. 31 de Choele Choel, ha concedido a fs. 64 en relación y con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto a fs. 61/63 por la Amparista Sra. Lorena A.Aguilar, patrocinada por el Dr. Gerardo Esteban Grill, contra el Auto Interlocutorio nro. 109 obrante a fs. 29/30. CONSTE.-
Secretaría, 21 de mayo de 2009.-
Fdo.: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
///MA, 21 de mayo de 2009.-
-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Previo a proveer y advirtiéndose que tanto el Auto Interlocutorio obrante a fs. 29/30 y la providencia de fs. 64 no han sido debidamente notificados a la parte demandada, procédase a la devolución de las presentes actuaciones a sus efectos.-
Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIENTE SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro