Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0126/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-22

Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ ALMUINA MARCELO DAVID S/ DESALOJO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: MARCELO DAVID ALMUINA

Domicilio: Avda Basilio Villarino 850 (real)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ ALMUINA MARCELO DAVID S/ DESALOJO", Expte. Nº 0126/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, mayo 20 de 2.009.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la acción de desalojo intentada por la Municipalidad de Viedma en los términos del art. 5 de la ley A 2629 y en consecuencia disponer el lanzamiento del demandado Sr. Marcelo David Almuina y/u ocupantes del inmueble ubicado en la Avenida Basilio Villarino 850 de Viedma en el término de cinco días de notificada la presente, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de diligenciarse con auxilio de la fuerza pública. A tal fin líbrese el correspondiente mandamiento de desahucio autorizándose al letrado interviniente y/o quien éste designe a su diligenciamiento.- II.- Imponer las costas del presente juicio al demandado (art. 68 del CPCC) y diferir la regulación de honorarios hasta tanto existan pautas para ello (conf. arts. 27 y 24 LA).- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, mayo de 2.009.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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