Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0730/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-21

Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION

Descripción: autoriza escriturar tracto abreviado

EXPTE. N° 0730/2008

CARATULA: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION

Viedma, mayo de 2009.-

Atento lo peticionado, teniendo en cuenta lo que surge del informe de dominio de fs. 987, la partición y adjudicación aprobada a fs. 852 y su aclaratoria de fs. 945/946, la documentación obrante a fs. 1409/1310 y toda vez que el inmueble en cuestión no ha sido subastado (conf. fs. 1062), procédase a realizar la escritura traslativa del bien inmueble designado como parcela 10 de la manzana 786 de "La Lobería" por el sistema de tracto abreviado, autorizándose al escribano Rodolfo Santander a intervenir en la instrumentación del mismo y al retiro de las actuaciones.-

Rosana Calvetti

Juez

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