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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0730/2008
Fecha: 2009-05-21
Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION
Descripción: autoriza escriturar tracto abreviado
EXPTE. N° 0730/2008
CARATULA: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION
Viedma, mayo de 2009.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta lo que surge del informe de dominio de fs. 987, la partición y adjudicación aprobada a fs. 852 y su aclaratoria de fs. 945/946, la documentación obrante a fs. 1409/1310 y toda vez que el inmueble en cuestión no ha sido subastado (conf. fs. 1062), procédase a realizar la escritura traslativa del bien inmueble designado como parcela 10 de la manzana 786 de "La Lobería" por el sistema de tracto abreviado, autorizándose al escribano Rodolfo Santander a intervenir en la instrumentación del mismo y al retiro de las actuaciones.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro